El Cerro de La Popa: entre la crisis ambiental, el incumplimiento judicial y la urgencia de la acción integral
En un reciente Diálogo Social convocado por la Corporación Buen Vivir Colombia en el marco del programa “Alerta por mi Ambiente” del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la ciudadanía organizada, junto a veedores y autoridades, expusieron la crítica situación del Cerro de La Popa, un ecosistema estratégico que enfrenta una presión antrópica creciente y un marcado incumplimiento de las órdenes judiciales para su protección y restauración.
Cerro de La Popa, Cartagena de Indias, Colombia.
El programa "Alerta por mi Ambiente", liderado por el Ministerio de Ambiente con el acompañamiento de FUNCICAR como aliado local y la Corporación Buen Vivir Colombia como organización implementadora, busca fortalecer el derecho ciudadano al control social ambiental, promoviendo la participación informada y la transparencia institucional en la gestión pública. Los hallazgos de la segunda fase de este control social confirman que este pulmón ambiental se encuentra en estado de emergencia y atrapado entre el incumplimiento y la falta de acciones estructurales para su protección.
Un patrimonio ecológico en riesgo inminente
El Cerro de La Popa, clasificado como Área de Protección y Conservación de recursos naturales y paisajísticos por el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) desde 2001, ha sido declarado zona de reserva ecológica desde 1978. Es un ecosistema de Bosque Seco Tropical (BST), con temperaturas superiores a los 24°C y precipitaciones entre 700 y 2000 mm/año.
Originalmente, el cerro tenía 197 hectáreas de área a proteger a partir de la cota 25. Sin embargo, la vegetación se ha reducido drásticamente al pasar de los años dado el avance progresivo y acelerado de los asentamientos informales. La situación actual es grave: la escasez de suelos y la pobreza extrema han llevado a miles de familias a ocupar zonas de alto riesgo.
Vista aérea de El Cerro de La Popa, año 2007. Fotografía satelital.
Vista aérea de El Cerro de La Popa, año 2023. Fotografía satelital.
Las principales amenazas, asociadas a la ocupación irregular, incluyen:
Deforestación y depredación de recursos: Se ha identificado la pérdida de acelerada de Bosque Seco Tropical, con la instalación de cercas eléctricas, la siembra de cultivos no aptos y la urbanización en zonas destinadas a la conservación. La tala de árboles, cortes del terreno y la depredación de especies autóctonas por animales domésticos han afectado gravemente la flora y fauna.
Riesgo por remoción en masa: Las zonas con pendientes mayores a 17° presentan susceptibilidad a la remoción en masa, una situación evidente en barrios como San Francisco, La María, Nariño, Kennedy, La Bendición de Dios, entre otros. La Secretaría de Planeación reconoció que el cerro presenta susceptibilidades geológicas con antecedentes de deslizamientos.
Ocupación irregular y contaminación: Persiste la ocupación de zonas de geomorfología no apta para la urbanización. Además, los habitantes arrojan basuras de manera indiscriminada en caños y laderas, generando extensas superficies cubiertas de residuos sólidos y contaminando los caños y ecosistemas conexos al Cerro de la Popa
El fracaso del cumplimiento judicial
La Sentencia ACP 042 de 2017, emitida tras una acción popular de la Defensoría del Pueblo, ordenó medidas concretas al Distrito y al EPA Cartagena, incluyendo la aprobación e implementación de una política pública de protección integral y un plan de protección ambiental integral (PIRP), entre otros puntos.
No obstante, los hallazgos de la fase de control social ambiental revelan un incumplimiento parcial de estas órdenes.
Inactividad del PIRP Cerro de la Popa: El Plan Integral de Recuperación y Protección (PIRP 2020–2023), formulado como respuesta a la sentencia, se encuentra actualmente inactivo. Uno de sus principales productos, el diseño del Ecoparque La Popa, con una inversión de $536.392.815 en consultoría, no fue incluido en el Plan de Desarrollo vigente y su estado no es claro.
Falta de control de invasiones: A pesar de que la sentencia ordenó adoptar medidas para evitar nuevos asentamientos, no se cuenta con un plan específico ni acciones efectivas para frenar el crecimiento de las urbanizaciones irregulares, lo que ha permitido su expansión progresiva.
Deficiencias en planeación y gestión del riesgo: Aunque la Secretaría de Planeación Distrital ha priorizado la formulación de la Política Pública, esta se encuentra apenas en la fase de alistamiento (iniciada en 2024), proyectando la culminación del documento técnico para diciembre de 2025. La Procuraduría ha sido enfática en que las órdenes judiciales son de obligatorio cumplimiento y no pueden supeditarse a la expedición de una política pública.
Sostenibilidad de la restauración: Las acciones de reforestación realizadas por el EPA carecen de continuidad y resultados sostenibles, ante esto la autoridad manifiesta que enfrentan retos de continuidad dado que los árboles son retirados y cortados por lo cual no cuentan con indicadores de éxito de estas jornadas de reforestación. Las intervenciones se han limitado a labores específicas de sensibilización y limpieza de residuos sólidos.
Articulación institucional débil: Se ha evidenciado una débil articulación y una falta de continuidad institucional, con cada entidad (EPA, Distrito) trabajando en planes de acción independientes y sin un liderazgo claro para el cumplimiento integral de la sentencia. El EPA, por ejemplo, indicó que el Distrito asumió la dirección del proceso del PRIP Cerro de la Popa, sin embargo, no se obtuvo respuesta por parte de la oficina de Asuntos Ambientales respecto a esto.
En este contexto, la Oficina Asesora para la Gestión del Riesgo censó, entre 2022 y 2023, 1.965 hogares y 5.817 personas expuestas en sectores de alto riesgo como John F. Kennedy, Lomas del Diablo, La Bendición de Dios, La María, entre otros. Sin embargo, existe la alerta de que estos censos podrían estar desactualizados debido al avance incontrolado de la urbanización informal.
Un llamado a la acción inmediata
Ante la inestabilidad del terreno y la vulnerabilidad de las comunidades asentadas, urge que las autoridades distritales y ambientales tomen medidas inmediatas.
El control social ambiental y los participantes del diálogo han generado recomendaciones claras y un Pacto Simbólico por la conservación del cerro, para lo cual se requiere que:
El Distrito y el EPA reactiven y actualicen con sentido de urgencia el Plan Integral de Recuperación y Protección (PIRP) del Cerro de La Popa, y articular la construcción del plan de acción de la mano con las comunidades que habitan el Cerro.
Se implemente un plan y medidas de protección para las zonas no ocupadas, incluyendo vigilancia constante en la zona alta del cerro para frenar nuevas invasiones y evitar la depredación del Bosque Seco Tropical.
Se soliciten formalmente al juez la reactivación del Comité de Verificación Judicial de la Sentencia ACP 042. Es necesaria una mesa permanente de articulación interinstitucional para garantizar el monitoreo continuo y la coordinación efectiva de las acciones.
Se debe establecer una estrategia de intervención y recuperación ecológica de áreas degradadas que vincule activamente a las comunidades locales. La Procuraduría ha señalado la viabilidad de modular las sentencias para que, si los estudios de riesgo detallado lo permiten, se realicen obras de mitigación en lugar de solo reubicación. La Secretaría de Planeación se comprometió a llevar la propuesta de vinculación de actores sociales a la mesa institucional para la formulación de la política pública.
La protección del Cerro de La Popa más allá de ser una una obligación legal y ambiental, es una responsabilidad histórica. La integridad de este ecosistema estratégico, el cual contribuye al mantenimiento del equilibrio natural necesario para la salud ecológica y de los habitantes de la ciudad, exige una acción articulada y sostenida en el tiempo entre la institucionalidad y la ciudadanía, basada en la transparencia y el compromiso de todos.

